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promociones en arrendamiento |
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ayudas |
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requisitos generales de la VPP en arrendamiento |
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Estar inscrito en la lista de espera de la Empresa Municipal de la Vivienda de Alcalá de Henares |
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| (**) Ingresos máximos referidos al IRPF 2006 |
Parcela 10.2 |
Parcela 20 |
Parcela 10.1 y Apartamentos C/Damas |
| IPREM |
1,5 |
2,5 |
3,5 |
| 1 ó 2 Miembros Unidad Familiar |
13.104,00 € |
21.840,00 € |
30.576,00 € |
| 3 Miembros Unidad Familiar |
13.509,28 € |
22.515,46 € |
31.521,65 € |
| 4 Miembros Unidad Familiar |
14.090,32 € |
23.483,87 € |
32.877,42 € |
| 5 Miembros Unidad Familiar |
14.890,91 € |
24.818,18 € |
34.745,45 € |
| 6 ó más Miembros Unidad Familiar |
15.787,95 € |
26.313,25 € |
36.838,55 € |
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descripción de las viviendas VPPA (arrendamiento) |
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Superficie construida máxima de 110 m2. (150 m2 si es familia numerosa) |
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Sujetas a una Renta máxima anual. La renta máxima anual por m2 de superficie útil será: - 7% del PMLV vigente a la fecha de arrendamiento, cuando la vinculación al régimen de protección sea por un plazo de 10 años.
- 4% del Precio Máximo Legal de Venta (PMLV) vigente en la fecha de arrendamiento, cuando la vinculación al régimen de protección sea por un plazo de 25 años.
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La duración del régimen legal de protección pública es de 25 años a contar desde la fecha de la Calificación Definitiva, salvo aue se haya obtenido préstamo cualificado para su promoción, en cuyo caso, la duración será la misma que la del plazo inicial de amortización de dicho préstamo. |
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requisitos comunes para acceder a las viviendas de las distintas promociones en arrendamiento |
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- Que los ingresos familiares no excedan de 5,5 veces el IPREM.
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- Ser el solicitante mayor de edad o menor emancipado y no encontrarse incapacitado para obligarse contractualmente de acuerdo con lo establecido en el Código Civil.
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- Residir o trabajar, el solicitante, con una antigüedad superior a dos años anteriores a la fecha de la solicitud, en Alcalá de Henares, salvo si se trata de peticionarios emigrantes por razones laborales que deseen retornar al Municipio de origen y acrediten un tiempo mínimo de residencia en el extranjero de 3 años.
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- Que los miembros de la unidad familiar no sean titulares del pleno dominio o de un derecho real de uso o disfrute sobre otra vivienda sujeta a régimen de protección en todo el territorio nacional.
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- Que los miembros de la unidad familiar no sean titulares del pleno dominio o de un derecho real de uso o disfrute sobre una vivienda libre en la Comunidad de Madrid.
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- No serán de aplicación los dos requisitos anteriores en los casos de sentencia judicial de separación o divorcio cuando, como consecuencia de ésta, no se le haya adjudicado el uso de la vivienda que constituía la residencia familiar.
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- Que se destine a domicilio habitual y permanente de sus ocupantes legales.
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- Estar inscritos en la lista de espera de las viviendas en arrendamiento que a tal efecto tiene la Empresa Municipal de la Vivienda de Alcalá de Henares.
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- Las Viviendas para arrendamiento no podrán ser objeto de Descalificación, mientras mantengan el régimen de Protección.
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- Para realizar obras o reformas deberá obtenerse autorización de la Dirección General de Arquitectura y Vivienda.
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